En el Boletín Oficial de la Rioja del día 7 de marzo aparece publicada la Ley 2/2011 de autoridad del profesor y de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de La Rioja. La citada Ley tiene por objeto reconocer y reforzar la autoridad del profesor y fomentar la consideración y el respeto que le son debidos en el ejercicio de sus funciones y responsabilidad con el fin de garantizar la calidad del sistema educativo y el derecho a la educación.
Lo dispuesto en esta ley tendrá efectos tanto en el desarrollo de las actividades docentes realizadas en el interior de los centros educativos como en cualquier actividad complementaria o extraordinaria que se realice desde el centro, en el transporte escolar organizado por el centro para el desplazamiento ordinario de los alumnos o para la realización de las actividades complementarias y extraescolares, así como en cualquier otra relacionada con la vida escolar y el desempeño de la función docente.
Lo dispuesto en esta ley tendrá efectos tanto en el desarrollo de las actividades docentes realizadas en el interior de los centros educativos como en cualquier actividad complementaria o extraordinaria que se realice desde el centro, en el transporte escolar organizado por el centro para el desplazamiento ordinario de los alumnos o para la realización de las actividades complementarias y extraescolares, así como en cualquier otra relacionada con la vida escolar y el desempeño de la función docente.
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