L. Texto

LOS LIBROS DE TEXTO
Normativa a aplicar:
  • El Decreto 35/2001: dicta normas de supervisión de libros de texto y otros materiales curriculares, para su uso en los centros docentes no universitarios de la CAR.
  • La Orden 17/2008 (modifica la Orden de Bases 22/2005, de 3/06) : se regula el programa de gratuidad y el procedimiento de concesión de subvenciones en materia de libros de texto en los centros sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas de carácter obligatorio en el ámbito de la CAR.
Criterios a seguir por el Centro:
  • Los libros de texto y material complementario serán elegidos por los maestros/as del ciclo, habiéndose estudiado un mínimo de dos editoriales.
  • Se establecerán criterios para la elección de libros de texto, generales a nivel de Centro o bien de ciclo.
  • Se considera conveniente una continuidad editorial vertical a lo largo de los ciclos, sobre todo en E. Infantil y 1er ciclos de E. Primaria y entre el 2º y 3º ciclos de E. Primaria 
  • El Equipo Directivo será informado de la selección realizada y dará el visto bueno a la misma.
Además se valorará:
  • La adecuación de los contenidos de los libros de texto a la normativa vigente y a las capacidades de nuestr alumnado.
  • La calidad y la variedad de los materiales complementarios y de los recursos TIC
  • La interdisciplinariedad en el tratamiento de las unidades didácticas.
Periodicidad:
La permanencia de los libros de texto será la establecida legalmente, de cuatro años como mínimo, y siempre que la editorial garantice el abastecimiento de los mismos.

Gratuidad:
Se sigue el programa de gratuidad de los libros de texto que fija la Consejería de Educacion del Gobierno de la Rioja y la normativa que lo regula. Todos aquellos materiales que se consideren material fungible y o que no se incluyan en el programa de gratuidad serán adquiridos y costeados por las familias.

Los libros de texto para el curso 2012_2013
La relación de libros de textos para el presente curso escolar se estableció en reunión de Claustro de Profesores en Junio de 2012. La relación oficial de los libros de texto puede consultarse en la página web del centro y el apartado de documentos.


NORMAS PARA EL CUIDADO Y CONSERVACIÓN
Normas a seguir por los alumnos y por sus padres o tutores legales que se han acogido al vigente programa de gratuidad de libros de texto (3º A 6º de E. primaria) . Estas normas tienen como único objetivo el favorecer el correcto desarrollo del programa:
a) Forrado de los libros:
  • A comienzos de cada curso escolar, y una vez que el Centro entregue los libros al alumno, los libros de texto acogidos al sistema de préstamo deberán ser y estar correctamente forrados. Serán los padres o tutores de los alumnos los responsables del forrado de los libros.
  • El forrado de los libros se hará con plástico fino no adhesivo. Los plásticos a emplear serán los que se venden en librerías y papelerías para tal función.
  • El plástico irá sujeto al libro mediante cinta adhesiva. Se recomienda utilizar la menor cantidad posible de cinta para así facilitar el posible recambio del forro de plástico.
  • Se prohíbe forrar los libros con papeles de periódicos, revistas u otros materiales.
b) Cuidado y conservación:
  • En los libros de texto sujetos al sistema de préstamo queda prohibido dibujar, escribir o subrayar, salvo indicación expresa del profesor
  • Los libros permanecerán en poder del alumno durante todo el curso. Se recomienda traerlos a clase sólo cuando sea necesario. Asimismo se recomienda establecer un lugar concreto y apropiado donde dejar los libros en casa .
  • Para facilitar el transporte de los libros se recomienda utilizar una mochila amplia.
  • Si llevamos en la mochila sólo los materiales necesarios para la jornada escolar ayudaremos a una mejor conservación de los libros.
  • Los padres o tutores legales de los alumnos deberán involucrarse de manera continuada en las tareas de cuidado y conservación de los libros de textos.
  • Los profesores o tutores de los alumnos comunicarán a estos o a sus padres o tutores situaciones o actuaciones concretas de los alumnos que conlleven una incorrecta actuación con los libros.
c) Devolución:
  • Al finalizar el curso escolar, el alumno reintegrará los libros prestados con el fin de que sean revisados por el Centro y para determinar el estado de conservación de los mismos y su reutilización para el curso siguiente.
  • En el supuesto de incumplir la obligación de conservación se actuará conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden de Bases 22/2005 de 3 de junio.